Quienes Somos
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Nuestra Agencia
Agencia de Aduana, Claudio Giovanetti Godoy es una organización dedicada a entregar una Gestión de Servicio Integral, eficiente, proactiva y de Calidad, orientada a la satisfacción de las necesidades de nuestros clientes, en todas aquellas operaciones de Importación y Exportación relacionadas con el despacho de mercancías por los puertos, aeropuertos y puntos habilitados de nuestro país. Tenemos el compromiso de agregar valor a la cadena de abastecimiento de nuestros comitentes, mediante el asesoramiento permanente de un personal calificado, generando menores costos de procesos a todos los participantes de la cadena logística. La Agencia de Aduana, Claudio Giovanetti Godoy brinda a nuestros clientes un Servicio de Gestión de Calidad respondiendo a un aspecto específico de eficiencia: La Rapidez, buscando siempre la mejor forma para optimizar los procedimientos de despacho de las mercancías, con el fin de adecuarlos a las exigencias de los mercados globales, en los que se encuentra inserto el Comercio Exterior Chileno. Damos confianza a nuestros clientes, sus requerimientos serán atendidos de forma diligente, centralizando la documentación y el flujo de información dese nuestra casa matriz ubicada en Blanco 1663 oficina 704, Edificio mar del sur Valparaíso, nuestro personal se encargará de dar atención en las ciudades de Valparaíso, San Antonio, Los Andes y Santiago.
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Misión
La Agencia de aduanas ,Claudio Giovanetti Godoy es una organización dedicada a entregar una gestión de Servicio Integral , eficiente, proactiva y de calidad , orientada a la satisfacción de las necesidades de nuestros clientes , en todas aquellas operaciones de importación y exportación relacionadas con el despacho de mercancías por los puertos, aeropuertos y puntos habilitados de nuestro país. Nuestra filosofía es brindar el máximo valor agregado a nuestros clientes, en un clima de transparencia, honradez, confianza, respeto, y lealtad.
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Visión
Ser reconocidos como la Agencias de Aduana que brinda a los clientes un Servicio de Gestión de Calidad, respondiendo a un aspecto especifico de la eficiencia: “La rapidez”, buscando siempre la mejor forma para optimizar los procedimientos del despacho de las mercancías, con el fin de adecuarlos a las exigencias de los mercados globales, en los que se encuentra inserto el Comercio Exterior Chileno.
Servicios
Nos comprometemos con todos nuestros clientes a entregar el mejor servicio técnico, profesional, en el despacho de sus mercancías, como también, satisfacer de la mejor forma todos sus requerimientos con el objeto de entregarles una Gestión de Calidad.
Importaciones
Otorgamos un servicio de Importaciones, nacionalización de mercaderías, regímenes suspensivos y certificación.
Exportaciones
Entregamos un servicio de Exportaciones para toda la gama de operaciones de salida, como por ejemplo, salidas temporales, reexportaciones, entre otras.
Preguntas Frecuentes
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¿Qué mercancias puedo importar?
Puede importarse cualquier mercancía, salvo aquellas que se encuentren expresamente prohibidas por la legislación vigente, como por ejemplo: vehículos y motocicletas usadas, asbesto en cualquiera de sus formas, pornografía, desechos industriales tóxicos, entre otras.
En ocasiones, el producto a importar, por su naturaleza, puede estar sujeto a visto bueno, autorización o control por parte de algún servicio fiscalizador, por lo que es necesario obtenerlo, en forma previa, ante el respectivo organismo. -
¿Qué mercancías requieren visaciones,
certificaciones o vistos buenos para su importación?
Todas aquellas mercancías, que de acuerdo a la legislación vigente, deban ser sometidas a control previo a su importación, por algún organismo del Estado.
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¿Qué mercancías no puedo importar?
-Vehículos usados (sin perjuicio de las franquicias establecidas en la normas vigentes)
-Motos usadas
-Neumáticos usados y recauchados
-Asbesto en cualquiera de sus formas
-Pornografía
-Desechos industriales tóxicos
-Mercancías que sean peligrosas para los animales, para la agricultura o la salud humana (por ejemplo; algunos plaguicidas de uso agrícola, juguetes y artículos de uso infantil que contengan tolueno, adhesivos fabricados en base a solventes volátiles), las que se encuentran prohibidas por Decreto del Ministerio de Salud, del Ministerio de Agricultura y otros organismos del Estado. Otras mercancías, que de acuerdo a la legislación vigente, se encuentren con prohibición de importar. -
¿Qué debo hacer para importar una
mercancía?
Dependiendo del valor de la mercancía el proceso de importación tiene dos sistemas:
a) Para las mercancías sin carácter comercial, hasta por un valor de US$ 1.500 FOB, y para las mercancías con carácter comercial, hasta por un valor de US$ 1.000 facturado: el trámite lo puede hacer personalmente el importador ante la Aduana respectiva, en forma simplificada.
En este caso, el importador debe presentar los siguientes documentos:
- Conocimiento de embarque original o documento que haga sus veces, según la vía de transporte.
- Factura comercial
- Poder notarial del dueño o consignatario para un despacho determinado, en los casos en que la persona que trámite sea un tercero.
- Vistos Buenos o Certificaciones cuando procedan
b) Si el valor de la mercancía supera los US$1.000 valor FOB: el importador debe contratar un agente de aduanas.
En el caso en que el desaduanamiento de las mercancías deba ser encomendado a este profesional, el importador deberá entregar a éste los documentos de base que se requieren para confeccionar la Declaración de Ingreso, la que podrá ser presentada al Servicio, vía internet.
Respecto de los documentos de base, es necesario precisar, que existen algunos que son obligatorios para toda importación con carácter comercial, y otros documentos que se requieren sólo en determinadas ocasiones.
Dentro de los documentos obligatorios para toda importación con carácter comercial se encuentran los siguientes:- Conocimiento de embarque original, carta de porte o guía aérea, que acredite el dominio de la mercancía por parte del consignatario.
- Factura comercial original, que acredite la mercancía objeto de compraventa y sus valores.
- Declaración Jurada del importador sobre el precio de las mercancías, formulario que entrega el agente de aduanas.
- Mandato constituido por el sólo endoso del original del conocimiento de embarque.
Dentro de los documentos que se requieren sólo para ciertas operaciones de importación se encuentran los siguientes:
- Certificado de Origen , en caso que la importación se acoja a alguna preferencia arancelaria, en virtud de un Acuerdo Comercial.
- Lista de empaque, cuando proceda, correspondiendo siempre en caso de mercancías acondicionadas en contenedores.
- Certificado de seguros, cuando el valor de la prima no se encuentre consignado en la factura comercial.
- Nota de Gastos, cuando éstos no estén incluidos en la factura comercial.
- Permisos, visaciones, certificaciones o vistos buenos, cuando proceda.
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¿Qué tributos deben pagar las
importaciones?
Por regla general, las importaciones están afectas al pago del derecho ad valorem (6%) sobre su valor CIF (costo de la mercancía + prima del seguro + valor del flete de traslado) y pago del IVA (19%) sobre su valor CIF más el derecho ad valorem.
EJEMPLO DE CÁLCULO:
-Valor CIF US $1.000,00
-Derecho ad valorem (6% de 1.000) US $ 60,00
-IVA (19%) (sobre 1.060,00) US $ 201,40
TOTAL TRIBUTOS ADUANEROS US $ 261,40
En algunos casos, dependiendo de la naturaleza de la mercancía, se requiere pagar impuestos especiales, sobre la misma base impositiva (valor CIF + derecho ad valorem ). En otras ocasiones, las mercancías están afectas a derechos específicos, de acuerdo a los rangos que en cada caso se establecen (por ejemplo: trigo y azúcar).
En los casos en que se autoriza su importación, las mercancías usadas pagan un recargo adicional del 3% sobre su valor CIF, además de los tributos a los que están afectas, según su naturaleza.
En caso de mercancías originarias de algún país con el cual Chile ha suscrito un acuerdo comercial, el derecho ad valorem puede quedar libre o afecto a una rebaja porcentual. -
¿Qué mercancías deben pagar impuestos
adicionales?
Con un impuesto adicional de 15% (sobre el valor aduanero de la mercancía + derecho ad valorem):
- Artículos de oro, platino y marfil.
- Joyas, piedras preciosas naturales o sintéticas.
- Alfombras finas y tapices finos Alfombras finas, tapices finos y cualquier otro artículo de similar naturaleza; calificados como tales por el Servicio de Impuestos Internos
- Pieles finas, calificadas como tales por el Servicio de Impuestos Internos, manufacturadas o no.
- Conservas de caviar y sus sucedáneos
- Armas de aire o de gas comprimido Armas de aire o gas comprimido, sus accesorios y proyectiles, con excepción de las de caza submarina
Con un impuesto adicional de 50%( sobre el valor aduanero de la mercancía + derecho ad valorem):
-Artículos de pirotecnia, tales como fuegos artificiales, petardos y similares, excepto los de uso industrial, minero o agrícola o de señalización luminosa.
Con otros impuestos:
-Bebidas alcohólicas
-Tabacos -
¿Qué gravámenes aduaneros afectan a la
importación de automóviles?
La importación de vehículos automóviles está afecta al pago de los siguientes tributos:
- Derecho ad valorem: 6% del valor CIF del vehículo.
- IVA: 19% sobre la base valor CIF + derecho ad valorem.
Ejemplo de calculo:
- Valor FOB US $25.000.
- Flete marítimo US $2.325.
- Seguro (2%) estimado US $500
TOTAL VALOR CIF US $27.825
TRIBUTOS:
-1 Derecho ad valorem (6% de US $27.825) = US $1.669,50
-2 IVA (19% sobre US $(27.825+1.669,50) = US $5.603,96
TOTAL TRIBUTOS A PAGAR (derecho ad valorem + IVA): US$ 7.273,46 -
¿Qué gravámenes aduaneros se pagan en
la importación de computadores?
En virtud del artículo C-07 del TLC Chile-Canadá, la importación de las máquinas y aparatos para el tratamiento o procesamiento de datos, se encuentra libre de derechos de aduana por aplicación de la cláusula de la nación más favorecida, siendo irrelevante el origen o procedencia de la mercancía.
De esta forma, los computadores sólo pagan el IVA (19%). En el caso de los computadores usados procedentes de USA y Corea no pagan el recargo por uso; sólo pagan el IVA sobre el valor CIF. -
¿Qué derechos aduaneros pagan la
importación de libros y revistas?
La importación de libros, revistas y otros impresos para la lectura, cultura o estudio se encuentran libres del pago del derecho ad valorem en virtud de la aplicación del Tratado de Uruguay. Sin embargo, la importación de libros, folletos, diarios, revistas, composiciones musicales y demás publicaciones periódicas, siempre deben pagar el IVA. Los beneficios de este tratado, se extienden a todos los libros e impresos editados en países que forman parte de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en virtud de la Cláusula de la Nación Más Favorecida.
Por expresa disposición del Convenio, quedan excluidos del beneficio los libros que tiendan a realizar propaganda que afecte al orden político, social o moral de los países signatarios, o que sean de publicidad.
ATENCIÓN PERSONALIZADA
Lo atenderemos de forma personalizada y lo acompañamos durante todo el proceso de importación y exportación.
RAPIDEZ Y EXCELENCIA
Entregamos un servicio expedito, seguro y competitivo a nuestros clientes.
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